Socios privados fueron quienes entregaron el cuestionado contrato a Inassa en Triple A
Los multimillonarios dineros sustraídos de la empresa, habrían ido a la Comunidad de Madrid.
Para la Fiscalía General de la Nación no cabe la más mínima duda sobre el hecho de que los dineros sustraídos de la Triple A, producto de un “contrato ficticio por asesoría”, tuvieron como destino la Comunidad y Ayuntamientos de Madrid, en España.
De hecho, en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid y sus Ayuntamientos, aparecen incorporados los de Canal de Isabel II, Hidráulica Santillana SAU, Hispanagua SAU, Canal de Comunicaciones Unidas SAU, Canal Extensia S.A., Canal Gestión Lanzarote SAU, Ocio y Deporte Canal SLU y Radio Televisión Madrid S.A., todas ellas del mismo grupo español.
Se trata del contrato suscrito el 4 de septiembre de 2000, entre la empresa española Inassa y Triple A S.A., en la que se pactó un pago mensual de 4.5% del recaudo de servicios domiciliarios de alcantarillado, acueducto y aseo, “por la prestación de una asistencia en gestión comercial, operativa, administrativa y técnica”.
Los fiscales anticorrupción a cargo de la investigación consideran que este contrato nunca se ejecutó, razón por la cual el Fiscal General, Néstor Humberto Martínez Neira, cree que lo que hubo fue una supuesta desviación irregular de 237.836 millones 823 mil 242 pesos para beneficiar a terceros, entre ellas las sociedades Canal Extensia (empresa del grupo español Canal de Isabel II) y Slasa.
Canal de Isabel II es una empresa pública en cuyo componente accionario está representada la Comunidad de Madrid, a través del Ente Público Canal de Isabel II, y 111 municipios de la región. En esta sociedad, la Comunidad de Madrid participa con el 82,4%; el Ayuntamiento de Madrid con el 10% y otros Ayuntamientos con el 7,6%
Por su parte, Canal Extensia es una sociedad inscrita en el Registro Mercantil como unipersonal y constituida en España el 5 de diciembre de 2001. Es la accionista mayoritaria de la Sociedad Interamericana de Aguas y Servicios S.A. (Inassa), que a su vez se hizo al 82,16% de la Triple A.
Seis de las once personas vinculadas por la Fiscalía a esta investigación han tenido o tienen vinculación con Inassa. Son ellos: Los exgerentes Luis Alberto Nicolella de Caro y Francisco Javier Malia Baro; el expresidente Edmundo Rodríguez Sobrino; el actual presidente ejecutivo, Alberto Muguiro Eulate (nacionalidad española); el segundo suplente de la presidencia, Germán Sarabia Huyke y el actual Gerente, Carlos Roca García, (español).
Los restantes son los exgerentes de la Triple A Francisco Olmos Fernández Corugedo, Luis Fernando Arboleda González, Carlos Alberto Ariza Duque y Ramón Navarro Pereira.
Todos ellos deberán responder por los delitos de concierto para delinquir con fines de enriquecimiento ilícito y enriquecimiento ilícito de particulares.
En el caso del actual Gerente de la Triple A, Ramón Heraclio Hemer Redondo, la Fiscalía se abstuvo de imponer medida de aseguramiento, mientras que para el exgerente de la empresa, Luis Fernando Arboleda González, se ordenó la prescripción del delito de enriquecimiento ilícito de particulares.
El contrato con Inassa tuvo su origen en dos trascendentales decisiones adoptadas por los accionistas privados y que cambiaron el rumbo histórico de la empresa.
Por un lado, aprobaron la vinculación de un socio calificado mediante la suscripción del 43,31% del capital accionario de la empresa y, por el otro, establecieron el pago de una contraprestación al mismo por “su conocimiento y capacidad de gestión en relación con los aspectos técnicos, operativos, administrativos y comerciales con respecto a la prestación de los servicios públicos a cargo de la empresa, por intermedio de la Sociedad General Aguas de Barcelona S.A.”, que actuaría en nombre y representación de Inassa S.A.
Para ello, el 19 de septiembre de 1996 la Junta Directiva de la empresa aprobó los términos de la negociación con el futuro socio (Inassa S.A.) y en desarrollo de esto las partes declararon tener “plena capacidad para suscribir el presente acuerdo y cumplir con los compromisos asumidos en el mismo y que el representante que lo suscribe goza de poder suficiente para firmarlo en nombre y representación de la parte respectiva y que dicho poder no ha sido limitado o revocado”.
Más tarde, las decisiones fueron protocolizadas el 18 de octubre de 1996 a través de un acuerdo suscrito entre, el hasta entonces accionista mayoritario (Alcaldía de Barranquilla) representado por el Alcalde Edgard George González; los privados locales de la Triple A (clase B) encabezados por Antonio Celia Martínez Aparicio y Alejandro Arteta Abello, actuando con poder especial conferido por la Asamblea de Accionistas del 29 de marzo del mismo año, así como del futuro socio, Sociedad Interamericana de Aguas y Servicios S.A. (Inassa S.A.) representado por Julio Gómez Piqueras.
Fue así como, de inmediato, los socios privados, representados por Antonio Celia Martínez Aparicio y Alejandro Abello Arteta, prácticamente le entregaron el manejo de la empresa a Inassa S.A.
En primer lugar, dejaron en manos de Inassa S.A., la potestad de postular al Gerente de la empresa, por lo cual su designación por parte de la Junta Directiva no dejaba de ser un simple protocolo.
Adicionalmente, los socios privados representados por Antonio Celia Martínez Aparicio y Alejandro Abello Arteta, acordaron un pago por concepto de “costo de gerenciamiento”, de la siguiente manera:
- Durante los 7 primeros años la suma equivalente al 4,5% del ingreso neto de la empresa.
- A partir del octavo año, al 4,5% se le aplicaría una bonificación de un punto adicional, quedando el pago en el 5,5%.
Del mismo modo, los accionistas acordaron reformas estatutarias, por lo cual el capital autorizado quedó en $20.000 millones dividido en 20 millones de acciones por valor nominal de $1.000 cada una.
De esta manera, el capital de 19.361 millones 443 mil pesos, quedó dividido en 19 millones 361 mil 443 acciones, distribuidas de la siguiente forma: Clase A (público), 9 millones 680 mil 818 acciones (50%); Clase B (sector privado nacional o extranjero), 1 millón 295 mil 301 acciones (6,69%) y Clase C (socio calificado), 8 millones 385 mil 324 acciones (43,31%).
Como consecuencia de lo anterior el componente accionario quedó dividido en 50% para el sector público (Distrito de Barranquilla) y 50% privado (Clase B + C). Pero con el agravante que el el componente privado sería quien tuviese a su cargo la postulación y nombramiento del Gerente.
Como valor agregado, la Junta Directiva de la Triple A dispuso un nuevo esquema tarifario que automáticamente aumentaría sus ingresos, beneficiando a Inassa S.A. en desarrollo del citado contrato propuesto y aprobado por los socios privados en cabeza de Antonio Celia Martínez Aparicio y Alejandro Abello Arteta.
Y es este mismo contrato el que tiene a la empresa en el ‘ojo del huracán’, en lo que el propio Fiscal General ha calificado como un verdadero saqueo a la empresa.
Como acción judicial, la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio adoptó la medida cautelar de embargo y secuestro con fines de extinción de dominio de las acciones de propiedad de la sociedad Inassa S.A. en la empresa Triple A, correspondientes al 82,16% del capital de la Triple A, equivalentes a 202.741 millones 743 mil 599 pesos.